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Retribuciones

En este apartado se publican: El texto de los acuerdos que determinen las cuantías generales y el régimen de percepción de cualquier tipo de retribución.

Administración

 

Variable

2017

2018

2019

2020

2021

Corporaciones Locales/Miengo

Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo

Total percibido Alcalde/Presidente con dedicación parcial

..

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12.110,93 €

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Corporaciones Locales/Miengo

Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo

Total percibido - Otras percepciones Alcalde/Presidente dedicación parcial

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-   €

..

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Corporaciones Locales/Miengo

Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo

Percepción total Alcalde/Presidente sin dedicación

1.700,00 €

2.600,00 €

900,00 €

..

..

Corporaciones Locales/Miengo

Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo

Percepción total Concejales con dedicación parcial

29.999,92 €

29.999,92 €

73.212,23 €

..

..

Corporaciones Locales/Miengo

Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo

Percepción total Concejales con dedicación parcial

29.999,92 €

29.999,92 €

73.212,23 €

..

..

Corporaciones Locales/Miengo

Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo

Percepción total Concejales con dedicación parcial - Otras percepciones

-   €

-   €

-   €

..

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Corporaciones Locales/Miengo

Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo

Percepción total Concejales Concejales sin dedicación

8.840,00 €

8.200,00 €

5.550,00 €

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..

Corporaciones Locales/Miengo

Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo

Total anual percibido cargos electos

40.539,92 €

40.799,92 €

91.773,16 €

..

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Acuerdo de nombramiento de concejal miembro de la Corporación.

Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a publicar la parte dispositiva del acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de 11 de mayo de 2021, sobre régimen de dedicación, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación Municipal del siguiente tenor literal:

"Primero: Que D. Juan Ramón Montes Campos, concejal miembro de la Corporación y una vez jurado o prometido su cargo en el pleno de este Ayuntamiento, desempeñe cargo con dedicación parcial del 75%, con unas retribuciones de 23.348,00 €/brutos, en su condición o con funciones delegadas en materia de Turismo, Comercio, Movilidad y Seguridad.

Segundo: Que por ello sea dado de alta en la Seguridad Social, con la base de cotización a la Seguridad Social que corresponda".

LUNES, 24 DE MAYO DE 2021 - BOC NÚM. 98

 

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento sobre régimen de dedicación, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de miembros de la Corporación.

Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a publicar la parte dispositiva del acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de 12 de julio de 2019, sobre régimen de dedicación, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación Municipal del siguiente tenor literal:

"Primero:

a) Los miembros de la Corporación que desempeñaran cargo con dedicación exclusiva inicialmente es ninguno.

b) Los miembros de la Corporación que desempeñarán cargo con dedicación parcial son:

  • Don José Manuel Cabrero Alonso
    • DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 50%.
    • RETRIBUCIÓN: 23.348 €/brutos.
    • FUNCIONES: Alcalde.
  • Doña Lidia Terán Escobio
    • DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 75%.
    • RETRIBUCIÓN: 23.348 €/brutos.
    • FUNCIONES: Concejala de Turismo, Comercio, Movilidad y Seguridad.
  • Doña Sara Gómez Ruiz.
    • DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 75%
    • RETRIBUCIÓN: 23.348 €/brutos.
    • FUNCIONES: Concejala de Obras y Servicios.
  • Doña Maite Vélez Corona.
    • DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 50%
    • RETRIBUCIÓN: 15.920 €/Brutos.
    • FUNCIONES: Concejala de Servicios Sociales Transición ecológica y Medio Ambiente.
  • Don Manuel González Diego:
    • DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 75%.
    • RETRIBUCIÓN: 30.000 €/brutos.
    • FUNCIONES: Concejal de Hacienda Desarrollo Económico Sostenible e Infraestructuras.
  • Doña Tatiana Infiesta Mielgo.
    • DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 25%.
    • RETRIBUCIÓN: 8.000 €/brutos.
    • FUNCIONES: Concejala de Participación, Cultura, Deporte y Educación.

Por ello serán dados de alta en la Seguridad Social, con la base de cotización a la Seguridad Social que corresponda.

Segundo: Fijar la cantidad de Dieta por Manutención a la Alcaldía de 26,5 €/día de asistencia, en aplicación analógica del RD 24 de mayo de 2002, artículos 10º-12º y Anexo II.

Tercero: Los miembros de la Corporación percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, en los siguientes términos: Desplazamiento: 0,19 €/kilómetro, desde su lugar de residencia hasta el lugar donde ejerzan sus funciones. Se liquidará de forma mensual previa acreditación de los desplazamientos.

El viaje a Santander para gestiones municipales de indemnizará con: 20 €/viaje.

Cuarto:

a) Los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva o parcial no tendrán derecho a cobrar en concepto de asistencias por concurrencia a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte.

b) Los miembros de la Corporación sin ningún tipo de dedicación si tendrán derecho a cobrar en concepto de asistencias por concurrencia a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte. Dichas asistencias serán retribuidas así.

  • Presidente del Pleno: 100 €.
  • Miembro del Pleno: 50 €.
  • Presidente de Comisión Informativa: 100 €.
  • Miembro de Comisión Informativa: 40 €.
  • Asistencia a los Consejos Escolares: 100 €.
  • Asistencias a los Consejos de las Mancomunidades: 100 €.
  • Viaje a Santander a gestiones municipales: 20 €. 

 MIÉRCOLES, 24 DE JULIO DE 2019 - BOC NÚM. 142

 

Acuerdo sobre régimen de dedicación, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de miembros de la Corporación.

Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a publicar la parte dispositiva del acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de 6 de agosto de 2015, sobre régimen de dedicación, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación Municipal del siguiente tenor literal:

"Primero: El alcalde, por el desempeño de sus funciones no percibirá retribución alguna, si bien tendrá derecho a ser indemnizado en cuantos gastos realice por razón de su servicio como alcalde, en el marco del Real Decreto 24 de mayo de 2002, así como a las dietas por asistencias a los órganos colegiados.

Segundo: El primer teniente de alcalde, desempeñará su cargo con dedicación parcial. Por ello percibirá una retribución de 30.000 € brutos al año en 14 pagas, con la base de cotización a la Seguridad Social que corresponda, todo ello con efectos retroactivos a la fecha de nombramiento como teniente de alcalde.

Su horario de asistencias será de 8 a 13 horas, sin perjuicio de las necesidades de los servicios y competencias que tiene delegadas, pudiendo además el alcalde solicitarle la asistencia en cualquier momento adicional.

Tercero: Declarar la compatibilidad del primer teniente de alcalde para el ejercicio de actividad privada de docencia de modo puntual, siempre fuera del horario anterior establecido y no resultando la misma incompatible en ningún modo con los intereses públicos municipales ni entrar en confl icto de intereses con las áreas que tiene delegadas.

Cuarto: Los miembros de la corporación percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, en los siguientes términos:

Desplazamiento: 0,19 €/kilómetro, desde su lugar de residencia hasta el lugar donde ejerzan sus funciones. Se liquidará de forma mensual previa acreditación de los desplazamientos.

Quinto: De conformidad con lo recogido en el artículo 75.3 de la Ley 7/1985, se acuerda que los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva, percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía siguiente por sesión serán las siguientes:

  • Presidente del Pleno: 100 €.
  • Miembro del Pleno: 50 €.
  • Presidente de Comisión Informativa: 100 €.
  • Miembro de Comisión Informativa: 40 €.
  • Asistencia a los Consejos Escolares: 100 €.
  • Asistencias a los Consejos de las Mancomunidades: 100 €.
  • Viaje a Santander a gestiones municipales: 20 €.

Sexto.- El presente acuerdo, tendrá carácter retroactivo desde la fecha de constitución de la Corporación, esto es, el 13 de junio de 2015.

Séptimo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Cantabria.

MIÉRCOLES, 19 DE AGOSTO DE 2015 - BOC NÚM. 159