Administración |
| Variable | 2017 | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 |
Corporaciones Locales/Miengo | Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo | Total percibido Alcalde/Presidente con dedicación parcial | .. | .. | 12.110,93 € | .. | .. |
Corporaciones Locales/Miengo | Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo | Total percibido - Otras percepciones Alcalde/Presidente dedicación parcial | .. | .. | - € | .. | .. |
Corporaciones Locales/Miengo | Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo | Percepción total Alcalde/Presidente sin dedicación | 1.700,00 € | 2.600,00 € | 900,00 € | .. | .. |
Corporaciones Locales/Miengo | Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo | Percepción total Concejales con dedicación parcial | 29.999,92 € | 29.999,92 € | 73.212,23 € | .. | .. |
Corporaciones Locales/Miengo | Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo | Percepción total Concejales con dedicación parcial | 29.999,92 € | 29.999,92 € | 73.212,23 € | .. | .. |
Corporaciones Locales/Miengo | Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo | Percepción total Concejales con dedicación parcial - Otras percepciones | - € | - € | - € | .. | .. |
Corporaciones Locales/Miengo | Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo | Percepción total Concejales Concejales sin dedicación | 8.840,00 € | 8.200,00 € | 5.550,00 € | .. | .. |
Corporaciones Locales/Miengo | Retribuciones de cargos electos del Ayuntamiento de Miengo | Total anual percibido cargos electos | 40.539,92 € | 40.799,92 € | 91.773,16 € | .. | .. |
Acuerdo de nombramiento de concejal miembro de la Corporación.
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a publicar la parte dispositiva del acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de 11 de mayo de 2021, sobre régimen de dedicación, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación Municipal del siguiente tenor literal:
"Primero: Que D. Juan Ramón Montes Campos, concejal miembro de la Corporación y una vez jurado o prometido su cargo en el pleno de este Ayuntamiento, desempeñe cargo con dedicación parcial del 75%, con unas retribuciones de 23.348,00 €/brutos, en su condición o con funciones delegadas en materia de Turismo, Comercio, Movilidad y Seguridad.
Segundo: Que por ello sea dado de alta en la Seguridad Social, con la base de cotización a la Seguridad Social que corresponda".
LUNES, 24 DE MAYO DE 2021 - BOC NÚM. 98
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento sobre régimen de dedicación, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de miembros de la Corporación.
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a publicar la parte dispositiva del acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de 12 de julio de 2019, sobre régimen de dedicación, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación Municipal del siguiente tenor literal:
"Primero:
a) Los miembros de la Corporación que desempeñaran cargo con dedicación exclusiva inicialmente es ninguno.
b) Los miembros de la Corporación que desempeñarán cargo con dedicación parcial son:
- Don José Manuel Cabrero Alonso
- DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 50%.
- RETRIBUCIÓN: 23.348 €/brutos.
- FUNCIONES: Alcalde.
- Doña Lidia Terán Escobio
- DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 75%.
- RETRIBUCIÓN: 23.348 €/brutos.
- FUNCIONES: Concejala de Turismo, Comercio, Movilidad y Seguridad.
- Doña Sara Gómez Ruiz.
- DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 75%
- RETRIBUCIÓN: 23.348 €/brutos.
- FUNCIONES: Concejala de Obras y Servicios.
- Doña Maite Vélez Corona.
- DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 50%
- RETRIBUCIÓN: 15.920 €/Brutos.
- FUNCIONES: Concejala de Servicios Sociales Transición ecológica y Medio Ambiente.
- Don Manuel González Diego:
- DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 75%.
- RETRIBUCIÓN: 30.000 €/brutos.
- FUNCIONES: Concejal de Hacienda Desarrollo Económico Sostenible e Infraestructuras.
- Doña Tatiana Infiesta Mielgo.
- DEDICACIÓN PARCIAL, DEL 25%.
- RETRIBUCIÓN: 8.000 €/brutos.
- FUNCIONES: Concejala de Participación, Cultura, Deporte y Educación.
Por ello serán dados de alta en la Seguridad Social, con la base de cotización a la Seguridad Social que corresponda.
Segundo: Fijar la cantidad de Dieta por Manutención a la Alcaldía de 26,5 €/día de asistencia, en aplicación analógica del RD 24 de mayo de 2002, artículos 10º-12º y Anexo II.
Tercero: Los miembros de la Corporación percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, en los siguientes términos: Desplazamiento: 0,19 €/kilómetro, desde su lugar de residencia hasta el lugar donde ejerzan sus funciones. Se liquidará de forma mensual previa acreditación de los desplazamientos.
El viaje a Santander para gestiones municipales de indemnizará con: 20 €/viaje.
Cuarto:
a) Los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva o parcial no tendrán derecho a cobrar en concepto de asistencias por concurrencia a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte.
b) Los miembros de la Corporación sin ningún tipo de dedicación si tendrán derecho a cobrar en concepto de asistencias por concurrencia a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte. Dichas asistencias serán retribuidas así.
- Presidente del Pleno: 100 €.
- Miembro del Pleno: 50 €.
- Presidente de Comisión Informativa: 100 €.
- Miembro de Comisión Informativa: 40 €.
- Asistencia a los Consejos Escolares: 100 €.
- Asistencias a los Consejos de las Mancomunidades: 100 €.
- Viaje a Santander a gestiones municipales: 20 €.
MIÉRCOLES, 24 DE JULIO DE 2019 - BOC NÚM. 142
Acuerdo sobre régimen de dedicación, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de miembros de la Corporación.
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a publicar la parte dispositiva del acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de 6 de agosto de 2015, sobre régimen de dedicación, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación Municipal del siguiente tenor literal:
"Primero: El alcalde, por el desempeño de sus funciones no percibirá retribución alguna, si bien tendrá derecho a ser indemnizado en cuantos gastos realice por razón de su servicio como alcalde, en el marco del Real Decreto 24 de mayo de 2002, así como a las dietas por asistencias a los órganos colegiados.
Segundo: El primer teniente de alcalde, desempeñará su cargo con dedicación parcial. Por ello percibirá una retribución de 30.000 € brutos al año en 14 pagas, con la base de cotización a la Seguridad Social que corresponda, todo ello con efectos retroactivos a la fecha de nombramiento como teniente de alcalde.
Su horario de asistencias será de 8 a 13 horas, sin perjuicio de las necesidades de los servicios y competencias que tiene delegadas, pudiendo además el alcalde solicitarle la asistencia en cualquier momento adicional.
Tercero: Declarar la compatibilidad del primer teniente de alcalde para el ejercicio de actividad privada de docencia de modo puntual, siempre fuera del horario anterior establecido y no resultando la misma incompatible en ningún modo con los intereses públicos municipales ni entrar en confl icto de intereses con las áreas que tiene delegadas.
Cuarto: Los miembros de la corporación percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, en los siguientes términos:
Desplazamiento: 0,19 €/kilómetro, desde su lugar de residencia hasta el lugar donde ejerzan sus funciones. Se liquidará de forma mensual previa acreditación de los desplazamientos.
Quinto: De conformidad con lo recogido en el artículo 75.3 de la Ley 7/1985, se acuerda que los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva, percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía siguiente por sesión serán las siguientes:
- Presidente del Pleno: 100 €.
- Miembro del Pleno: 50 €.
- Presidente de Comisión Informativa: 100 €.
- Miembro de Comisión Informativa: 40 €.
- Asistencia a los Consejos Escolares: 100 €.
- Asistencias a los Consejos de las Mancomunidades: 100 €.
- Viaje a Santander a gestiones municipales: 20 €.
Sexto.- El presente acuerdo, tendrá carácter retroactivo desde la fecha de constitución de la Corporación, esto es, el 13 de junio de 2015.
Séptimo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Cantabria.